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Información Sobre la Resolución N º 1254/2018

RedPsi es una red de profesionales de la salud mental (predominantemente psicólogos), que por su cantidad de miembros y su diversidad, impediría cualquier tipo de comunicado con fines políticos que represente el pensar y/o sentir de todos ellos. Si bien, aquellos profesionales que fueron quienes crearon la red pudieren tener una posición tomada respecto de ciertas temáticas, jamás serán dichas o divulgadas, a fin de preservar la posibilidad de que alguno o algunos de los miembros de la red no coincidieran en la posición tomada.

Siguiendo esa premisa, y dados los últimos acontecimientos, nos vemos obligados a informar, de la manera más objetiva posible, de ciertos cambios que están por tener lugar, luego de la publicación de la Resolución del Ministerio de Educacion de la Nación N. 1254/2018, que son de importante difusión.

En una nueva resolución del Ministerio de Educación de la Nación, a través del programa de “Reforma Universitaria”, ha publicado un documento que resume las incumbencias profesionales de los Licenciados en Psicología y Psicólgos, que son las siguientes 5:

 

  1. Prescribir y realizar acciones de evaluación, diagnóstico, orientación y tratamiento psicoterapéutico y rehabilitación psicológica.
  1. Realizar intervenciones de orientación, asesoramiento y aplicación de técnicas psicológicas tendientes a la promoción de la salud.
  1. Prescribir, realizar y certificar evaluaciones psicológicas con propósitos de diagnóstico, pronóstico, selección, orientación, habilitación o intervención en distintos ámbitos.
  1. Planificar y prescribir acciones tendientes a la promoción y prevención de la salud mental en individuos y poblaciones.
  1. Desarrollar y validar métodos, técnicas e instrumentos de exploración y evaluación psicológica.

 

Anteriormente, las incubencias profesionales, según Resolución 343/09 del Ministerio de Educación de la Nación, eran 16:

 

  1. Prescribir y realizar intervenciones de orientación, asesoramiento e implementación de técnicas específicas psicológicas tendientes a la promoción, recuperación y rehabilitación de la salud, a la prevención de sus alteraciones y la provisión de los cuidados paliativos.
  1. Prescribir y realizar acciones de evaluación, diagnóstico, pronóstico, tratamiento, seguimiento, recuperación y rehabilitación psicológica en los abordajes: individual, grupal, de pareja, familia, instituciones, organizaciones y en lo social-comunitario.
  1. Prescribir y realizar acciones de evaluación psicológica, psicodiagnóstico, pronóstico y seguimiento en los abordajes: individual, de pareja y familia.
  1. Prescribir y efectuar psicoterapias individuales, familiares, grupales y de pareja.
  1. Realizar indicaciones psicoterapéuticas de internación y externación de personas por causas psicológicas. Indicar licencias y/o justificar ausencias por causas psicológicas.
  1. Desarrollar y validar métodos, técnicas e instrumentos de exploración, evaluación y estrategias de intervención psicológicas.
  1. Diagnosticar, realizar peritajes, asesorar y asistir psicológicamente, en el campo jurídico-forense, a personas en conflicto con la ley y víctimas de delitos, a sus respectivos familiares, e intervenir en los aspectos psicológicos de las problemáticas de minoridad.
  1. Diagnosticar, evaluar, asistir, orientar y asesorar en todo lo concerniente a los aspectos estrictamente psicológicos en el área educacional.
  1. Prescribir y realizar orientación vocacional y ocupacional, en aquellos aspectos estrictamente psicológicos.
  1. Elaborar perfiles psicológicos a partir del análisis de puestos y tareas e intervenir en procesos de formación, capacitación y desarrollo del personal, en el marco de los ciclos de selección, inserción, reasignación, reinserción y desvinculación laboral. Asesorar en el ámbito de higiene, seguridad y psicopatología del trabajo.
  1. Diagnosticar, evaluar, asistir, orientar y asesorar en lo concerniente a los aspectos psicológicos en el área social-comunitaria para la promoción y la prevención de la salud y la calidad de vida de grupos y comunidades y la intervención en situaciones críticas de emergencias y catástrofes.
  1. Participar desde la perspectiva psicológica en el diseño, la dirección, la coordinación y la evaluación de políticas, instituciones y programas de salud, educación, trabajo, justicia, derechos humanos, desarrollo social, comunicación social y de áreas emergentes de la Psicología. 
  1. Dirigir, participar y auditar servicios e instituciones públicas y privadas, en los que se realicen prestaciones de salud y de salud mental.
  1. Asesorar en la elaboración de legislación que involucren conocimientos y prácticas de las distintas áreas de la Psicología.
  1. Realizar estudios e investigaciones en los diferentes áreas del quehacer disciplinar, a saber:
    1. Los procesos psicológicos y psicopatológicos a lo largo del ciclo vital.
    2. Los procesos psicológicos involucrados en el desarrollo y funcionamiento de los grupos, instituciones, organizaciones y la comunidad.
    3. La construcción y desarrollo de métodos, técnicas e instrumentos de intervención psicológica.
  1. Planificar, dirigir, organizar y supervisar programas de formación y evaluación académica y profesional en los que se aborden actividades reservadas al título.

 

Si bien, el punto 3 de la nueva resolución pareciera abarcar varios de los puntos excluidos de la anterior resolución, se critica su generalización, lo cual, al no especificar las incumbencias vuelve a dejar en una “zona gris” ciertas injerencias profesionales en ciertos ámbitos, invitando a su doble interpretación.

Estos cambios no repercuten solamente en la profesión de los psicólogos y licenciados en psicología, sino en otras tales como: Medicina, Ingeniería, etc.

A fin de intentar sostener la imparcialidad en la información, a continuación compartimos:

a) Un enlace a una nota que enmarca estos cambios desde la postura del gobierno sosteniendo que "no hay equilibrio entre lo que se necesita y lo que está formando", como premisa para crear carreras más cortas y afines a los intereses productivos: Nota de Universidades Hoy

b) Por otro lado, también dejamos un enlace a una noticia sobre el pronunciamiento del Fepra (Federación de Psicólogos de la República Argentina) y del CEP (Centro de Estudiantes de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires): Nota de Urgente24

Comentarios:

Lic Dante Castelli

22 de mayo del 2018

Es un atropello que no podemos permitir

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