RedPsi, en asociación con AMFEAFIP (Asociación Mutual Federal De Empleados De Las Administraciones Fiscales Públicas), le brinda a sus afiliados y a su grupo familiar, la posibilidad de comenzar un tratamiento psicológico con honorarios preferenciales, con cualquiera de los profesionales de RedPsi adheridos al Convenio.
1. Ingresá a nuestro buscador y filtrá por el convenio (AMFEAFIP) o bien ingresá al siguiente enlace: www.redpsi.com.ar/AMFEAFIP
2. Podés aplicar más filtros para encontrar al profesional que mejor se ajuste a tus requisitos (zona de atención, edad del paciente, etc.).
3. Finalmente, a través del botón Contactar o Consultar, ponete en contacto diercto con el/la profesional.
4. Cuando tengas tu primera sesión, tenés que identificarte presentando la credencial de AMFEAFIP [imagen de la credencial al pie]. En caso de Cónyuges u otros miembros del Grupo Familiar, deberán presentar junto a la credencial del afiliado titular, la documentación necesaria que acredite el parentesco; o bien, si correspondiese, la credencial de extensión.
1. Honorarios: los profesionales de RedPsi adheridos al presente convenio, aceptan ofrecer al futuro paciente un tratamiento que incluye un arancel fijo de $ 14.000 por cada entrevista psicológica (idem musicoterapia y psicopedagogía) y de $ 20.000 por cada entrevista psiquiátrica. El honorario se abona directamente al profesional tratante.
2. Prestaciones No Incluidas: No se incluyen en el presente convenio los psicodiagnósticos (entrevistas con realización de test psicométricos y proyectivos y test de simulación), ni tampoco evaluaciones cognitivas, cuyos costos, en caso de ser requeridos, serán de mutuo acuerdo entre el paciente y el profesional tratante.
3. Cantidad de Sesiones: no se establece una cantidad máxima de sesiones. El comienzo y el final del tratamiento dependen exclusivamente de la decisión del profesional tratante y/o de “El Paciente”, o del mutuo acuerdo.
4. Responsabilidades: Toda relación que en virtud del Convenio se genere entre “El Paciente” y el Profesional Tratante será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el participante a cualquier otra ley cuya aplicación pudiera tener derecho. Ni RedPsi ni AMFEAFIP serán responsables de los daños y perjuicios que pudieran sufrir “El Paciente” o El Profesional, en sus personas y/o bienes, con motivo o en ocasión de la utilización del Convenio. RedPsi y AMFEAFIP no se responsabilizan de los daños, hurtos y/o robos de los que pudieran ser objeto el Profesional y/o “El Paciente”. Las cuestiones relativas a reclamos, acciones de responsabilidad y/o mala praxis y/o la falta en el cumplimiento de alguno de los requisitos expuestos en el convenio y aceptados por el profesional bajo declaración jurada para pertenecer al mismo, harán recaer la responsabilidad legal exclusivamente en el profesional, no pudiendo trasladar la misma a AMFEAFIP ni a RedPsi.